TÉRMINOS Y CONDICIONES
CONTRATO DE HOSPEDAJE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL PRESTADOR DE SERVICIOS SEÑALANDO A CONTINUACIÓN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL “HOTEL” Y POR OTRA PARTE EL HUÉSPED IDENTIFICADO TAMBIÉN EN LA CARÁTULA DEL PRESENTE CONTRATO, QUE CONSTITUYE EL REVERSO DE ESTE DOCUMENTO (LA CARÁTULA O LA TARJETA REGISTRO) A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ EL “HUÉSPED”.
C L A U S U L A S:
PRIMERA.- OBJETO.- A través del presente contrato el HOTEL, se obliga a prestar al HUÉSPED el servicio de hospedaje y a las personas que lo acompañan cuyo número se indica en la Tarjeta de Registro, la habitación que también ahí se señala, por los días especificados igualmente en dicha Tarjeta de Registro.
SEGUNDA.- SERVICIOS COMPLEMENTARIOS.- Como complemento del hospedaje, el Hotel se obliga a proporcionar al Huésped los servicios adicionales señalados en la carpeta de información denominada “Directorios de servicios”, ubicada en el interior de la habitación asignada al huésped , así como acceso a las instalaciones existentes en la negociación, las cuales también se encuentran descritas en dicha carpeta, siempre que el Huésped cubra el importe y satisfaga los requisitos que para la prestación de estos servicios o para el uso de tales instalaciones, en su caso se indique en ese documento.
TERCERA.- CONTRAPRESTACIÓN.- El Huésped como contraprestación por el hospedaje se obliga a pagar por cada uno de los días que subsistirá el hospedaje, indicados en la Tarjeta de Registro el porte de la tarifa ahí señalada y en la forma de pago señalada en dicha tarjeta, acordando las partes que la desocupación de la habitación por parte del Huésped deberá hacerla a más tardar a las 13 horas del día señalado en la Carátula del Contrato, toda vez que si el HUÉSPED no desocupa la habitación dentro del horario antes mencionado deberá cubrir al HOTEL el pago por día adicional a lo establecido en la Tarjeta de Registro.
CUARTA.- ALIMENTOS.- EL HUÉSPED conviene que la contraprestación antes pactada no incluye el precio de alimentos y bebidas ni otros cargos derivados de consumos efectuados por EL HUÉSPED, así como el importe que pudiera resultar a cargo del HUÉSPED derivado de pérdidas o daños ocasionados a los bienes del HOTEL. Lo anterior, sin embargo en la inteligencia de que en caso de que en la Tarjeta de Registro se señalará un plan específico respecto al pago de alimentos (Meal Plan), las partes se sujetarán a lo previsto en dicha tarjeta.
QUINTA.- REGLAMENTO INTERNO DEL HOTEL.- Las partes convienen que los derechos y obligaciones derivados para las partes con motivo del hospedaje y del uso del HUÉSPED de las instalaciones del HOTEL, además de las estipulaciones del presente contrato, se sujete a lo dispuesto en el Reglamento Interno del Hotel ubicado en la carpeta de información denominada “Directorio de Servicios” existente en el interior de la habitación asignada al HUÉSPED.
SEXTA.- EL HUÉSPED tiene el derecho de poder adquisitivo de los artículos proporcionados por el hotel en su habitación, ya que siendo este último un concepto BOUTIQUE, el giro es brindar el servicio de venta al cliente. Los artículos tienen un costo y su pago se elaborará directamente en la recepción. En el caso de que EL HUÉSPED retire de la habitación artículos de fácil guardado, se efectuará el cargo de manera inmediata por el monto del o los artículos a la tarjeta con la que garantiza su reservación y se le notificará por correo electrónico de este cobro. Así mismo, si el cliente posteriormente lo solicita, se le podrá enviar factura por el cobro elaborado. EL HOTEL no se hace responsable por objetos olvidados y extraviados dentro de la caja fuerte y/o de las instalaciones: una vez desalojada la habitación por el HUÉSPED se procederá a la revisión normal del cuarto y en caso de objetos olvidados se le hará entrega de manera inmediata al HUÉSPED o se pondrá en resguardo del departamento de Recepción para su posterior entrega.
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